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Concepto
Es un arrendamiento financiero por el que Volkswagen Finance compra el vehículo según las especificaciones del Cliente, concediéndole su uso por un determinado plazo de tiempo a cambio de una cuota mensual

Al finalizar el periodo, el Cliente decide si ejerce la opción de compra a cambio de abonar el Valor Residual establecido en el contrato
Tipo de Cliente
Profesionales Autónomos y Sociedades (nunca particulares)
Características
Vehículos nuevos y seminuevos no transformados

El vehículo es propiedad de Volkswagen Finance (arrendador)

El Cliente se limita al uso del vehículo (arrendatario)

Existen diferentes alternativas a la finalización del contrato: devolver el vehículo, prorrogar el contrato o comprar el vehículo

Plazo contractual: de 24 a 72 meses + valor residual

Las cuotas son prepagables (en la financiación convencional el Cliente empieza a pagar después de estrenar el vehículo)
Ventajas Cliente
Fiscalmente es una cuota tipo “renting”: gasto 100% deducible para PYMES RD (Nuevo Régimen Simplificado)

No precisa entrada, pero Volkswagen Finance admite entregas iniciales que permiten reducir el importe de la cuota mensual

Se garantizan pagos mensuales fijos (salvo cambio de IVA/ IGIC)

El Cliente dispone de una correlación entre los rendimientos obtenidos por el vehículo y los costes que genera la operación

El Cliente mantiene intacta su capacidad de endeudamiento personal con bancos (diversifica el riesgo)

Amortización acelerada: los autónomos y las empresas pueden deducir hasta el doble del coeficiente máximo de amortización lineal (16% x 2 = 32%) (48% en caso de PYMES RD)

El Cliente difiere el IVA con cada cuota (no lo paga desde el primer momento como en la financiación convencional)
Servicios opcionales
Ninguno
Contabilización del vehículo
En caso de sociedades acogidas al Régimen Simplificado: como gasto (no aparece en balance)

Resto de sociedades: inmovilizado material tangible (desde el Nuevo Plan General Contable 2.008)
Amortización fiscal
PYMES RD en Régimen Simplificado: gasto 100% deducible en Impuesto de Sociedades

Resto sociedades: hasta el doble del coeficiente máximo de amortización lineal (triple en caso de PYMES)

16% x 2 (x 1,5 PYMES) = 32% (ó 48%)

Los interesen son 100% deducibles (NO EN ESTIMACIÓN OBJETIVA)
IVA
Deducible con el vencimiento de cada cuota (es IVA soportado la suma de las cantidades de IVA satisfechas durante el periodo a declarar)

 

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